TIPOS DE CASCOS DE PROTECCIÓN.

NOM-115-STPS-2009

Seguridad-Equipo de protección personal-Cascos de protección-Clasificación, especificaciones y métodos de prueba.

Es norma establece los requisitos mínimos que deberán cumplir los cascos de protección que se comercializan en territorio nacional. Dichos requisitos consideran dos aspectos principales: los relativos a la funcionalidad de los cascos, y los que tienen que ver con alguna característica de protección.

Para el uso de los cascos de protección objeto de esta Norma, deberá efectuarse previamente un análisis de los riesgos a los que estarán expuestos los usuarios, con el fin de determinar el tipo y grado de protección que se requiere; las posibles limitaciones inherentes a los propios cascos, y las condiciones del medio que pueden llegar a afectar la protección ofrecida.

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La NOM-115-STPS-2009 tiene como objetivo establecer la clasificación, especificaciones y métodos de prueba que deberán cumplir los cascos de protección que se fabriquen, comercialicen, distribuyan e importen en el territorio nacional.

Conceptos básicos

  • Banda de sudor: Componente del tafilete que queda en contacto, por lo menos, con la frente del usuario.
  • Barboquejo: Accesorio que se ajusta debajo de la barba para evitar que el casco caiga.
  • Casco de protección: Equipo de protección que se ajusta a la cabeza para protegerla, de acuerdo con su clasificación, contra impactos, tensión eléctrica o una combinación de éstos.
  • Forro de invierno: Accesorio fabricado generalmente de algodón, con capa interior afelpada tipo pellón, que se utiliza directamente sobre la cabeza y orejas, y que protege del frío al usuario.
  • Nivel de calidad aceptable (NCA): Es el porcentaje máximo de unidades de producto defectuoso o el máximo número de defectos por cien unidades de producto que, para propósitos de inspección por muestreo, se puede considerar satisfactorio como calidad promedio de un proceso.
  • Nivel de inspección: Parámetro del plan de muestreo que define la relación entre el tamaño del lote y el tamaño de la muestra.
  • Suspensión: Conjunto de piezas que sirve para sostener la concha en la cabeza del usuario, de tal forma que reduzca el efecto de impacto.
  • Tafilete: Parte ajustable de la suspensión que sirve para sujetar el casco alrededor de la cabeza pasando por la frente.

Símbolos y abreviaturas

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Clasificación y designación

  • Clase G (General): Los cascos Clase G deberán reducir la fuerza de impacto de objetos en caída y el peligro de contacto con conductores energizados a baja tensión eléctrica de hasta 2 200 V (fase a tierra).
  • Clase E (Dieléctrico): Los cascos Clase E deberán reducir la fuerza de impacto de objetos en caída y el peligro de contacto con conductores energizados a alta tensión eléctrica de hasta 20 000 V (fase a tierra).
  • Clase C (Conductor): Los cascos Clase C deberán reducir la fuerza de impacto de objetos en caída. Esta clase no provee protección contra el contacto con conductores eléctricos.

*Debido a que el casco Clase C no provee protección contra riesgo eléctrico, deberá emplearse únicamente en lugares en donde el riesgo eléctrico sea nulo.

*Los valores establecidos en las especificaciones de resistencia al impacto, resistencia a la penetración, resistencia a la combustión y resistencia a la tensión eléctrica deberán tomarse sólo como una referencia normativa para la evaluación de la conformidad de los cascos de protección y no como un indicativo de los valores a los que se puede exponer de forma permanente un trabajador con seguridad.

Especificaciones

  • Construcción:

Todo casco deberá consistir de una concha de protección y una suspensión que reduzcan la fuerza del impacto, la cual asegure la retención del casco sobre la cabeza del usuario. La suspensión deberá fijarse y sostenerse firmemente a la concha y ser desmontable. La verificación de este requisito se realizará de manera ocular.

  • Componentes:

Los elementos que se indican a continuación forman parte integral del casco de protección, los cuales deberán cumplir con las especificaciones establecidas en los numerales siguientes:

  1. Concha:

La concha no deberá tener protuberancias interiores que puedan lesionar al usuario. El exterior puede tener una superficie irregular, como costillas o nervaduras sobresalientes de bordes romos y configuración simple o múltiple. La superficie deberá ser tersa y libre de asperezas. La verificación de este requisito se realizará de manera física y ocular.

  1. Suspensión:

Los tirantes de la suspensión deberán tener como mínimo 19 mm de ancho y formar una hamaca para soportar el casco en la cabeza del usuario, de tal manera que la distancia entre la parte superior de la cabeza de éste y el lado interno de la concha no pueda ser ajustada, a menos que esté indicado en los requerimientos del fabricante.

  1. Tafilete:

La longitud del tafilete con suspensión de ajuste a intervalos deberá medir entre 520 mm ± 2mm (talla de sombrero 6.5) y 680 mm ± 2mm (talla de sombrero 8.5), y ser ajustable en incrementos no mayores a 5 mm.

  1. Banda de sudor:

Las bandas de sudor podrán ser del tipo reemplazable o estar integradas al tafilete, y deberán cubrir por lo menos la frente del usuario. La verificación de este requisito se realizará de manera ocular.

  • Accesorios:

Los elementos que se indican a continuación son de uso opcional pero, en caso de ser utilizados, deberán cumplirse las especificaciones establecidas en los numerales siguientes:

  1. Barboquejo:

Los tirantes del barboquejo deberán tener un ancho mínimo de 19 mm. Los medios de ajuste del barboquejo deberán asegurar la retención del casco sobre la cabeza del usuario.

  1. Forros de invierno:

Para los tipos de casco G y E, no deberán existir partes metálicas en los forros de invierno. La verificación de este requisito se realizará de manera ocular.

  • Especificaciones de desempeño:
  1. Transmisión de fuerza de impacto (resistencia al impacto):

Cuando los cascos se sometan a un efecto de impacto causado por una bola de acero de 95 mm ± 3 mm de diámetro y masa de 3.6 kg ± 0.06 kg, en caída libre desde una altura de 1 520 mm ± 2 mm, no deberá presentarse contacto entre la concha y la suspensión, y la fuerza transmitida deberá ser menor o igual a 4 450N (454 kgf) en valor individual y a 3 780 N (386 kgf) en valor promedio.

  1. Tensión eléctrica soportable:

Requerimiento para cascos Clase G: Los cascos de protección Clase G, deberán soportar una tensión eléctrica eficaz de 2 200 V c. a. a 60 Hz durante un minuto, permitiendo una corriente de fuga máxima de 3.0 mA.

Requerimiento para cascos Clase E: Los cascos de protección Clase E, deberán soportar una tensión eléctrica eficaz de 20 000 V c.a. a 60 Hz durante tres minutos, permitiendo una corriente de fuga máxima de 9.0 mA.

Perforación por efecto de tensión eléctrica: Los cascos de protección Clase E, deberán soportar una tensión eléctrica eficaz de 30 000 V c. a. a 60 Hz aplicada en forma gradual sin sufrir perforación.

  1. Penetración:

Los cascos de protección, al someterse a un efecto de penetración causado por un proyectil de 454 g ± 2 g en caída libre desde una altura de 3 050 mm ± 5 mm, no deberán sufrir una profundidad de penetración mayor a 10 mm incluyendo el espesor del casco.

  1. Combustión:

Los cascos de protección al someterse al efecto del método de prueba de resistencia a la combustión.

 

Fuente bibliografía:

http://www.ucol.mx/content/cms/13/file/NOM/Nom-115.pdf

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