¿Qué debe contener un Plan de Emergencia en caso de incendio?

PLAN DE ATENCIÓN A EMERGENCIAS DE INCENDIO

¿Qué es?

Un Plan de Emergencias es el conjunto de medidas de prevención y protección previstas e implantadas, así como la secuencia de actuaciones a realizar ante la aparición de un siniestro.

La finalidad de este es la planificación y organización humana para la utilización óptima de los medios técnicos previstos con la finalidad de reducir al mínimo las posibles consecuencias humanas y económicas que pudieran derivarse de la situación de emergencia.

¿Qué debe contener?

  • La identificación y localización de áreas, locales o edificios y equipos de proceso, destinados a la fabricación, almacenamiento o manejo de materias primas, subproductos, productos y desechos o residuos que impliquen riesgo de incendio.
  • La identificación de rutas de evacuación, salidas y escaleras de emergencia, zonas de menor riesgo y puntos de reunión.
  • El procedimiento de alertamiento, en caso de ocurrir una emergencia de incendio, con base en el mecanismo de detección implantado.
  • Los procedimientos para la operación de los equipos, herramientas y sistemas fijos contra incendio, y de uso del equipo de protección personal para los integrantes de las brigadas contra incendio.
  • El procedimiento para la evacuación de los trabajadores, contratistas, patrones y visitantes, entre otros, considerando a las personas con capacidades diferentes.
  • Los integrantes de las brigadas contra incendio con responsabilidades y funciones a desarrollar.
  • El equipo de protección personal para los integrantes de las brigadas contra incendio.
  • El plan de ayuda mutua que se tenga con otros centros de trabajo.
  • El procedimiento de solicitud de auxilio a cuerpos especializados para la atención a la emergencia contra incendios, considerando el directorio de dichos cuerpos especializados de la localidad.
  • Los procedimientos para el retorno a actividades normales de operación, para eliminar los riesgos después de la emergencia, así como para la identificación de los daños.
  • La periodicidad de los simulacros de emergencias de incendio por realizar.
  • Los medios de difusión para todos los trabajadores sobre el contenido del plan de atención a emergencias de incendio y de la manera en que ellos participarán en su ejecución.
  • Las instrucciones para atender emergencias de incendio.

Brigada contra incendio:

  1. Para determinar el número de integrantes de la(s) brigada(s) del centro de trabajo, se deberán considerar al menos:
  • El número de trabajadores por turno del centro de trabajo.
  • La asignación y rotación de trabajadores en los diferentes turnos.
  • Los resultados de los simulacros, con base en lo establecido en la presente norma, considerando los accidentes previsibles más graves que puedan llegar a ocurrir en las diferentes áreas de las instalaciones.
  1. Los integrantes de las brigadas deberán ser seleccionados entre los trabajadores que cuenten con disposición para participar y con aptitud física y mental para desarrollar las funciones que se les asignen en el plan de atención a emergencias de incendio.
  2. Las brigadas contra incendio deberán tener, al menos, las funciones siguientes:
  • Evaluar los riesgos de la situación de emergencia por incendio, a fin de tomar las decisiones y acciones que correspondan, a través del responsable de la brigada o, quien tome el mando a falta de éste, de acuerdo con el plan de atención a emergencias de incendio.
  • Reconocer y operar los equipos, herramientas y sistemas fijos contra incendio, así como saber utilizar el equipo de protección personal contra incendio, de acuerdo con las instrucciones del fabricante, los procedimientos establecidos y la capacitación proporcionada por el patrón o las personas capacitadas que éste designe.

Simulacros de emergencias de incendio:

  1. Los simulacros de emergencias de incendio se deberán realizar por áreas o por todo el centro de trabajo.
  2. La planeación de los simulacros de emergencias de incendio deberá hacerse constar por escrito y contener al menos:
  • Los nombres de los encargados de coordinar el simulacro y de establecer las medidas de seguridad por adoptar durante el mismo.
  • La fecha y hora de ejecución.
  • El alcance del simulacro: integral o por áreas del centro de trabajo, con o sin previo aviso, personal involucrado.
  • La determinación del tipo de escenarios de emergencia más críticos que se pudieran presentar, tomando en cuenta principalmente el tipo y cantidad de materiales inflamables o explosivos, las características, el riesgo de incendio y la naturaleza de las áreas del centro de trabajo, así como las funciones y actividades que realizará el personal involucrado.
  • La secuencia de acciones por realizar durante el simulacro.
  • La participación de los cuerpos especializados de la localidad para la atención a la emergencia, de existir éstos, y si así lo prevé el tipo de escenario de emergencia planeado.
  1. Los resultados de los simulacros de emergencias de incendio se deberán registrar con al menos la información siguiente:
  • El nombre, denominación o razón social del centro de trabajo donde se desarrolló el simulacro, incluyendo el domicilio completo.
  • Las áreas del centro de trabajo en las que se realizó el simulacro.
  • El número de personas que intervinieron.
  • Los recursos utilizados durante el simulacro.
  • La detección de desviaciones en las acciones planeadas.
  • Las recomendaciones para actualizar el plan de atención a emergencias de incendio.
  • La duración del simulacro.
  • Los nombres de los encargados de coordinarlo.

Fuente Bibliográfica:

http://www.stps.gob.mx/BP/SECCIONES/dgsst/normatividad/normas/Nom-002.pdf

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